¿Cuál es el objetivo de este procedimiento de Trabajo – Escolta de vehículos sin sistema AHS en el área Mina?
¿Cuál es el alcance de aplicación de este procedimiento de Trabajo – Escolta de vehículos sin sistema AHS en el área Mina?
¿A quién involucra este procedimiento de Trabajo – Escolta de vehículos sin sistema AHS en el área Mina?
¿Cuándo es aplicable este procedimiento de Trabajo – Escolta de vehículos sin sistema AHS en el área Mina?
¿En dónde se debe aplicar este procedimiento de Trabajo – Escolta de vehículos sin sistema AHS en el área Mina?
¿La escolta tendrá prioridad en el tránsito dentro del área autónoma?
¿Podrá ingresar algún tipo de vehículo sin la autorización al área autónoma?
¿Cuál es el procedimiento para el escolta antes de iniciar el movimiento?
¿Cuál deberá ser la longitud de la escolta?
¿Cuál es la velocidad que debería trasladarse la escolta?
¿La escolta que opera la EMV a quién deberá dar aviso y solicitar conformación?
¿Los camiones cargados tendrán derecho de paso o se deberá detener su curso con la escolta?
¿Cuál será la secuencia para escoltar camionetas y camiones en forma conjunta?
¿Cuál debe ser la distancia que se debe tener entre un equipo cargado con explosivos y otro vehículo?
¿El personal escoltado se puede mover del lugar al que fue escoltado a otro lugar, sin autorización de un supervisor?
El procedimiento para un vehículo que requiera ingresar al área autónoma de área mina es: Esperar en barrera de acceso y comunicarse por teléfono móvil con el/la Supervisor/a del Área AT (Área de Camiones Autónomos) (Área de Camiones Autónomos), informando que ingresará al área autónoma.
El requisito para que una persona ingrese al área autónoma es: Ser capacitadas en el sistema autónomo dictado por la Gerencia Mina.
La persona que coordinará la escolta con el personal autorizado es: El/la supervisor/a de turno mina y esta deberá́ realizarse solo con camionetas equipadas con sistema AHS o EMV.
Sólo se podrá́ abrir la barra de acceso para autorizar el ingreso: Cuando se obtenga la autorización de la escolta respectiva, además se debe controlar que la(s) personas que van a ingresar al área autónoma, cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento de tránsito de vehículo y personas en mina Radomiro Tomic.
Una vez que se realiza la mitad de los pasos requeridos, se podrá abrir la barrera de acceso o autorizar el ingreso.
El/la escoltador (a) que opera la EMV no necesariamente debe informar a la central de control (central controller) a quien escolta y donde se dirige.
La escolta que opera la EMV deberá dar aviso al personal que desea ser escoltado, que está en condiciones de iniciar el traslado y debe solicitar confirmación por frecuencia radial 1Q que se encuentran en condiciones de ser escoltado.
Mientras se efectúa la escolta, la persona que realiza esta tarea, deberá verificar desde el inicio hasta el final del destino que se encuentren los vehículos siempre dentro de las burbujas definidas.
Las personas y vehículos escoltados no requieren mantener comunicación radial por frecuencia radial 1Q con su escolta.
El personal que ha sido escoltado deberá solicitar una nueva escolta al Supervisor (a) de Turno, en caso de que necesiten trasladarse a otro sector o retirarse del área autónoma.
El vehículo escoltado siempre debe salir de la línea de trayecto y estar en circulación en una sola fila y no en forma intercalada.
Al finalizar la escolta, el/la operador (a) de la EMV, deberá informar al Supervisor, el término de esta actividad, la salida del modo escolta del sistema y la condición segura en que quedaron los vehículos, equipos y personas escoltados.
En todos los procesos no identificados en este procedimiento se debe realizar un análisis de riesgo
Fuera del área autónoma la escolta deberá aplicar el procedimiento de operación mina.